Las leyes : Bien común


Si mi memoria no me falla, conceptualmente se han tomado dos caminos para determinar leyes que muy lejanamente se relacionan con las dos mayores fuentes de derecho.
El derecho romano que tendia a retratrar en las leyes el comportamiento ideal, pero que comprendia que no se puede ser perfectamente apegado a ellas y tendia a ser benevolo con ciertos castigos.
El derecho anglosajon que tendia a retratar el minimo esperado y por lo tanto era bastante energico con los que no se apegaban a las mismas.

Hoy en dia no pega ninguna de las dos concepciones.

En países anglosajones hay tantas leyes que no hay quien pueda cumplirlas con todas y si un ciudadano X no esta en la cárcel o bajo proceso es porque nadie se ha dado cuenta de que infringe una ley u ordenanza local del siglo pasado de la que ya nadie se acuerda.

En los países de tradición romana los castigos son tan fuertes que primero entras a la cárcel y luego averiguan de que eres culpable. Ya recordaran ustedes aquel chiste de "soy conejo, soy conejo". Esto es amenos que tengan la suerte de ser influyentes y entonces como han dicho varios politicos mejicanos a semejanza de otro peruano: "para mis amigos la ley, para mis enemigos todo el peso de la ley".

En fin que hasta un reloj análogo descompuesto tiene la razón un par de veces al día y nuestros diputados sacaron una serie de reformas a los artículos 24 y 40 que ha pesar de ser muy buenas han sido objeto de diversas falsedades en los medios.

Les paso las modificaciones para que esten enterados.

ARTÍCULO 24 (texto vigente).- Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.
El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.
Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos.
Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.

ARTÍCULO 24 (como queda).- Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política. ....

Y respecto al articulo 40, la parte en negrillas es el cambio.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Ahora diganme si la siguiente no es una lista de MENTIRAS que se dicen del cambio:
  • La reforma viola la laicidad del Estado.
  • Pretende introducir la educación religiosa.
  • Beneficia únicamente a la Iglesia Católica.
  • Con esta reforma se permite que la iglesia católica adquiera medios de comunicación.
  • Se dan más libertades en materia política a los católicos.
  • Con la libertad de conciencia y de convicciones éticas se ponen en riesgo obligaciones de ley como el acceso a la salud, a la educación y a las libertades reproductivas.
  • Obliga a que se modifiquen otros artículos.
Ya se podran imaginar que clase de mentes cerradas se oponen a la libertad!

En fin que yo en conciencia no puedo sino apoyar los cambios y sugiero a mis lectores que los apoyen también.

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